Suponga Usted que es padre (o madre) de dos gemelos, quienes aún cuando se llevan muy bien entre sí, son extremadamente celosos cuando se trata del cariño de sus padres. Un día se le acercan ambos, con ojos que brillan con una mezcla de entusiasmo y ansiedad y luego de pedirle la bendición, le piden que les diga cuál de ellos actuó mejor. El primero compró un disco original por Bs.12.000, mientras que el segundo, por una copia pirata del mismo, mejor conocida como “un quemado”, apenas pagó Bs. 4.000. Claro que la carátula de este último no tiene el mismo brillo, pero la calidad del sonido es imposible diferenciarla de la del original.
No es fácil responder a lo anterior y la respuesta podrá depender de muchos factores, tales como la diferencia de precios, el ingreso familiar, la necesidad del artículo y otros. Por ejemplo, ¿sería su respuesta la misma si la diferencia entre los precios, en lugar de 8.000 bolívares fuera de 8.000 dólares? Igualmente, si la familia es de escasos recursos, lo que procedería sería un regaño al hijo que se haya excedido en su presupuesto al comprar el original y con ello, quiérase o no, implícitamente se le estaría dando la razón al que compró el disco quemado. Y si no estuviésemos hablando de un disco, sino de medicinas, ¿afectaría esto su respuesta?
Las respuestas que yo he recibido al hacer esta pregunta cubren todo el espectro, desde regañar o felicitar a uno, a otro o a ambos, pero la más frecuente, más del 90%, han dicho un "déjame pensar", aún cuando generalmente precedido de ciertos murmullos indicativos de que favorecen la copia quemada. La única vez que recibí una respuesta inmediata, sin titubeos, fue cuando alguien me dijo que si el disco era de un músico local, el coscorrón le iba al del quemado, pero que si por el contrario era de música importada, el coscorrón le tocaba al del original. Adivinen su profesión....
Puede que existan verdades absolutas, que le permitan a un padre, deseoso de actuar responsablemente, poder dar una respuesta clara a sus hijos, sin tener que adentrarse en el mundo del todo es relativo. De existir éstas, les agradecería del alma que las compartieran conmigo.
Lo que sí es cierto es que el padre, que está dispuesto a indicarle a su hijo que la compra del disco quemado no fue una decisión equivocada, debe saber que las autoridades de su país firman diariamente convenios internacionales y decretan leyes, que le otorgan protección ilimitada a los derechos de propiedad intelectual, marcas y patentes, todas las cuales están destinadas a poner preso a quien compre un producto quemado. Esta contradicción nos obliga a reflexionar.
Si la relatividad o el depende se encuentra presente en el ejemplo planteado entre el padre y sus hijos, donde obviamente influyen factores de índole formativa, sería muy natural que de igual manera la relatividad estuviese presente en nuestro sistema educativo, pero no es así. En nuestras universidades y en los postgrados internacionales a donde acuden nuestros jóvenes para que en el futuro, como abogados, economistas, políticos y demás puedan dirigir nuestra sociedad a un mejor destino – la relatividad no existe y es suplantada por un cúmulo de teorías, dogmas, leyes y demás instrumentos destinados a establecer el exclusivo y absoluto derecho de los originales.
Hace poco, en el New York Sunday Times, leí un artículo sobre las violaciones del derecho de autor, que ocurren con el uso de las nuevas tecnologías del Internet, donde se planteaba la necesidad de reestablecer la intención original de las leyes sobre el derecho de autor, que exigía la existencia de un balance adecuado entre los derechos del autor y los intereses del usuario.
No soy abogado, pero ante el hecho de que en Venezuela tengamos ahora y lamentablemente quizás para siempre, muchos más intereses como usuarios de derechos de propiedad, marcas y patentes, que como dueños o titulares de tales derechos, me parece razonable que nos preguntemos acerca de quién está negociando, a nombre de los venezolanos, ese adecuado balance entre dueño y usuario.
Hasta donde tengo conocimiento, no existe en Venezuela, ni en la escuela de Derecho, ni en la de Economía, una cátedra de Los Derechos del Usuario de Propiedad Intelectual, Marcas y Patentes. No sé si exista en otros países, pero en todo caso, nos resultaría irrelevante, por cuanto me queda claro que el adecuado balance entre los dueños y usuarios provenientes de países desarrollados, debe ser muy distinto al balance adecuado entre los dueños internacionales y los usuarios de un país pobre en vías de desarrollo.
En el caso de las medicinas, las patentes puede que le permitan a un laboratorio cobrar un margen de 100 veces el costo directo de la medicina en un país desarrollado, pero ese margen no debería ser permisible, por inmoral, en un país pobre. Es por ello que me permito elevar a la consideración de las cátedras especializadas de nuestras universidades, la necesidad de determinar un límite a esos márgenes de ganancias, a fin de que permitan evitar que una protección racional de un derecho, se convierta en una explotación indebida de un monopolio.
Caracas, El Universal, 15 de Octubre de 2000